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Ley 20.123, subcontratación / Viviana del Pilar Obreque Coronado ; Profesor guía: Fernando Urra Jara.

Por: Colaborador(es): Idioma: Español Temuco (Chile) : Universidad de La Frontera , 2010Descripción: 61 hojasTipo de contenido:
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Tipo de soporte:
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Tema(s): Nota de disertación: Trabajo de Título : (Técnico Universitario en Administración mención Recursos Humanos).-- Universidad de La Frontera (Chile), Facultad de Ciencias Jurídicas y Empresariales, 2010. Resumen: El 14 de enero de 2007 y después de cuatro años en discusión legislativa entró en vigencia la ley N° 20.153 sobre Trabajo en Régimen de Subcontratación y Empresas de Servicios Transitorios, que tiene como principales objetivos crear más y mejores empleos y construir relaciones laborales más modernas, justas y equilibradas, siendo una de las reformas más importantes y emblemáticas de las últimas décadas. Desde la década de los ochenta la subcontratación y el suministro de trabajadores temporales es un fenómeno que crece progresivamente en Chile no existiendo cifras rigurosas al respecto, precisamente por la falta de regulación en esta materia. La Ley de subcontratación N° 20.123, llena un vacío legal al incluir una definición del trabajo en régimen de subcontratación, de hecho obliga a la empresa principal a preocuparse de verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales del contratista con el subcontratista. De este modo, se termina con las responsabilidades difusas y se incentiva el cumplimiento efectivo del derecho laboral. Otra normativa fundamental es que establece nuevas obligaciones en materia de seguridad y prevención de los trabajadores. La empresa principal deberá confeccionar un reglamento especial entre los distintos empleadores para coordinar las acciones de higiene y seguridad en el lugar de trabajo, que será de cumplimiento obligatorio para ambas partes. Esta ley sancionará la práctica de simulación de contratos para un tercero, para terminar con las malas prácticas en las que incurrían algunas empresas. La multa será de 5 a 100 unidades tributarias mensuales (UTM).
Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Tesis y proyectos de título Biblioteca Central Estantería Tesis y trabajos de título TUA O131l 2010 (Navegar estantería(Abre debajo)) c.1 No para préstamo 35605002311062

Incluye índice.

Trabajo de Título : (Técnico Universitario en Administración mención Recursos Humanos).-- Universidad de La Frontera (Chile), Facultad de Ciencias Jurídicas y Empresariales, 2010.

Bibliografía: página 61.

El 14 de enero de 2007 y después de cuatro años en discusión legislativa entró en vigencia la ley N° 20.153 sobre Trabajo en Régimen de Subcontratación y Empresas de Servicios Transitorios, que tiene como principales objetivos crear más y mejores empleos y construir relaciones laborales más modernas, justas y equilibradas, siendo una de las reformas más importantes y emblemáticas de las últimas décadas. Desde la década de los ochenta la subcontratación y el suministro de trabajadores temporales es un fenómeno que crece progresivamente en Chile no existiendo cifras rigurosas al respecto, precisamente por la falta de regulación en esta materia. La Ley de subcontratación N° 20.123, llena un vacío legal al incluir una definición del trabajo en régimen de subcontratación, de hecho obliga a la empresa principal a preocuparse de verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales del contratista con el subcontratista. De este modo, se termina con las responsabilidades difusas y se incentiva el cumplimiento efectivo del derecho laboral. Otra normativa fundamental es que establece nuevas obligaciones en materia de seguridad y prevención de los trabajadores. La empresa principal deberá confeccionar un reglamento especial entre los distintos empleadores para coordinar las acciones de higiene y seguridad en el lugar de trabajo, que será de cumplimiento obligatorio para ambas partes. Esta ley sancionará la práctica de simulación de contratos para un tercero, para terminar con las malas prácticas en las que incurrían algunas empresas. La multa será de 5 a 100 unidades tributarias mensuales (UTM).